3 cosas que debes saber sobre el modelo 347

General

13 de febrero de 2020, Written by 0 comment

Siguiendo el calendario fiscal de 2020, llegamos al mes de febrero. Al contrario de enero y el estrés de entregar infinitos documentos, febrero solamente tiene una obligación tributaria: el modelo 347.

 

Si quieres saber qué es, quién debe presentarlo, la información que debes incluir y cuándo entregarlo, sigue leyendo.

¿Qué es el modelo 347?

De presentación anual, el modelo 347 es la declaración que recoge todas las operaciones realizadas con terceros (proveedores y clientes) durante el ejercicio anterior, y cuyo total supera los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido).

Hay que tener en cuenta que este importe es la suma de todas las operaciones (IVA incluido) con ese cliente o proveedor de todo el año, sea cual sea la cantidad individual de cada factura. Por lo tanto, es recomendable cotejar los datos con los clientes y/o proveedores que se vayan a incluir en el modelo y, si no cuadran, corregirlos antes de presentarlos.

 

¿Quién debe presentarlo? 

Tienes que presentarlo si eres persona física o jurídica, pública o privada, y hayas realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido).

Quedas excluido de la entrega del modelo 347 si:

  • No tienes domicilio fiscal, despacho permanente o sede en España.
  • Las operaciones con terceros no alcanzan el importe total de los 3.005,06 euros anuales del ejercicio correspondiente.
  • Has emitido tus facturas con retención o los clientes y/o proveedores con los que has trabajado y superan el importe máximo sean intracomunitarios.
  • Tributas en el IRPF por estimación objetiva (módulos) y en alguno de los siguientes regímenes especiales del IVA:  simplificado o agricultura, ganadería y pesca, o recargo de equivalencia.

¿Hasta cuándo tienes tiempo? 

 

No te agobies, estamos a mediados de mes y aún estás a tiempo.

El modelo 347 se presenta anualmente durante el mes de febrero, siempre hasta el último día del mes. Dependiendo de los días que tenga el mes ese año, el plazo de entrega será más extenso o más corto.

En el caso de 2020, febrero tiene 29 días y, por lo tanto, la fecha límite de presentación es el día 29.

¿Por qué utilizar un programa de gestión?

Te habrás dado cuenta que empezar el año significa entregar un buen cargamento de documentación. Además, si no quieres incurrir en una infracción o que te llegue una multa, debes presentarlo todo ciñéndote a unos plazos. 

Una de las ventajas de usar un software de gestión es facilitar las entregas de documentación a las administraciones públicas y que la información no contenga ningún tipo de error.

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